CONTROL PLAGA TOPILLOS
RECOMENDACIONES PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS ASOCIADOS A TOPILLO CAMPESINO (FEBRERO 2014)
1. Vigilar sus cultivos y plantaciones, así como las masas forestales y el medio natural próximos a sus parcelas, notificando a la Administración toda aparición o sospecha de topillos (en los Servicios Territoriales de Agricultura provinciales, Secciones Agrarias comarcales, Unidades de Desarrollo Agrario o en el teléfono de recepción de avisos del ITACyL, 983317417).
2. Actuar en el momento más temprano posible para todas y cada una de las recomendaciones que prosiguen.
3. Establecer cordones de seguridad de 5 a 10 metros de ancho, mediante remoci6n de tierra, en los bordes interiores de aquellas parcelas que pudieran considerarse reservorio de topillo (perdidos, praderas, alfalfas,… ) y en las cuales se observe colonización de topillo, con el fin de dificultar la migración del topillo al exterior de dichos reservorios.
4. En el caso de parcelas que pudieran considerarse reservorio de topillo (perdidos, praderas, alfalfas, ... ) en las que el grade de colonización sea alto, o que incluso tras la aplicación de la recomendación 3 se observe migración de topillo a las parcelas colindantes, el propietario deberá establecer los mecanismos necesarios para levantar la parcela.
5. Realizar laboreo en las parcelas agricolas que implique remoción del terreno, a la mayor profundidad posible, can el objetivo de eliminar la cubierta vegetal y provocar la rotura física de las posibles colonias establecidas de topillo, repitiendo la operaci6n siempre que sea necesario hasta el momento de la siembra.
6. En el caso de parcelas todavia no sembradas en las que habitualmente se realicen practicas de siembra directa, considerar el uso de un descompactador o un chisel, que contribuira a destruir galerias y madrigueras minimizando el impacto sabre la estructura y perfil del suelo.
7. Retrasar al maximo las siembras en función de 10 que permita el cultivo y la variedad del mismo considerada, en aquellas zonas en que se observe actividad de topillo campesino.
8. Establecer cordones de seguridad de 5 a 10 metros de ancho, mediante remoción de tierra, en los limites de aquellas parcelas sembradas o con las labores listas para la siembra, y en cuyas lindes, cunetas, arroyos o parcelas colindantes se observe presencia de topillo campesino, o se observen las primeras colonizaciones en el interior de la parcela, manteniendo dicha franja libre de vegetación (preferible de nuevo mediante remoción de tierra) durante todo el ciclo del cultivo, con el fin de desfavorecer la migraci6n del topillo al interior de las parcelas, o desde estas a las parcelas colindantes.
9. En el caso de parcelas establecidas de alfalfa, pastas, forrajes y otros cultivos herbaceos perennes o plurianuales, en el caso de observar colonias de topillo, considerar un pase somera de grada, koskilde o rastra que destruya las galerias y huras superficiales.
10. En el caso de parcelas establecidas de alfalfa, pastos, forrajes y otros cultivos herbaceos perennes o plurianuales en las que tras la aplicaci6n de la recomendación 4 se siga observando un numero importante de colonias de topillo, considerar el levantado completo de la parcela.
11. En el caso de parcelas establecidas de alfalfa y pastos incrementar en 10 posible la frecuencia de los cortes, dejando siempre la cubierta vegetal 10 más superficial posible, con el objetivo de reducir el alimento disponible y la protección frente a depredadores, retirando, en todos los casos, inmediatamente el forraje de la parcela.
12. En el caso de parcelas con dotación de riego en las que se observe colonizaci6n de topillo, considerar la viabilidad de provocar un anegamiento total temporal.
13. En los casas de parcelas de regadío retirar los tubas de riego cuando no sean necesarios.
14. En el caso de presencia puntual de colonias de topillo, o en número baja, a ante las primeras invasiones en el interior de las parcelas ya sembradas, considerar su inundaci6n mediante el apoyo de la cuba con una manguera, o bien su destrucción de forma manual mediante azada o con la ayuda de un apero que provoque la remoci6n del suelo, hundiendolo solo en las zonas donde se observen las colonias.
15. Facilitar e intensificar el pastoreo en rastrojos, zonas no cultivadas y baldios.
16. Eliminar acumulos de piedras, restos y residuos de cosecha y podas, pacas, balas, cordones de paja o forraje y demás elementos próximos o en el interior de las parcelas agricolas que pudieran servir de cobijo al topillo.
17. Potenciar la actividad de los depredadores de topillo (rapaces, comadrejas, zorros, cigüeñas, etc.), mediante el mero respeto a los mismos y sus camadas, la erradicación de prácticas que pudieran afectarles, y el también respeto y potenciación de aquellos elementos paisajísticos (árboles, postes, señales, casas nido en la zona, etc) que pudieran ayudarles como proporción de guarida, en sus actividades reproductivas y de cria, o en sus oteos y campeos en la búsqueda de presas.
18. Colocar posaderos temporales, como por ejemplo estacas de aproximadamente 1,5 metros de altura clavadas en el terreno, en las lindes, cunetas y arroyos adyacentes a las parcelas de cultivo, así como en el interior de aquellas parcelas en las que pudiera observarse presencia de colonias de topillo, situando los posaderos en sus proximidades.
19. En el caso de control con rodenticida, considerarlo única y exclusivamente tras la aplicación de todas y cada una de las recomendaciones anteriores y en los casos en que pese a ellas se observe colonización en el interior de las parcelas, realizando el tratamiento desde el primer momento que se observe dicha colonización.
20. En el caso de control con rodenticida, tan solo podrán hacerlo aquellos agricultores que posean el carnet de manipulador de productos fitosanitarios, utilizando única y exclusivamente productos autorizados y registrados para su uso en terreno agrícola y colocando el producto en el interior de los túneles de los topillos a la mayor profundidad posible.
21. En el caso de. control con rodenticida, considerar antes de realizar el tratamiento la viabilidad practica en su ejecución y el tiempo y esfuerzo necesarios, no realizándose si par cualquiera de los motivos anteriores no se pudiera garantizar la correcta aplicación del producto.
22. Para cualquier duda o necesidad de asesoría respecto a normas de manipulación, aplicación y dosificación de producto rodenticida, o de cualquiera de las recomendaciones anteriores, ponerse en contacto con las Secciones de Sanidad Vegetal de los Servicios Territoriales de Agricultura provinciales, Secciones Agrarias comarcales, Unidades de Desarrollo Agrario o en el teléfono de recepción de avisos del ITACyL.
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